La medida alcanzará a cerca de 200.000 beneficiarios y busca diferenciar los movimientos personales de las operaciones comerciales. Desde el 1 de agosto, recibir transferencias o pagos electrónicos no será motivo automático de retenciones fiscales, bajo determinados límites y condiciones.
El Gobierno de Misiones eliminará, desde el 1 de agosto, las retenciones automáticas sobre operaciones realizadas mediante billeteras virtuales, tarjetas y transferencias bancarias. La medida fue dispuesta por instrucción del gobernador Hugo Passalacqua y alcanza a cerca de 200.000 beneficiarios que utilizan estos medios de pago.
La modificación quedó establecida a través de la Resolución General 11/2026 de la Agencia Tributaria Misiones (ATM). El objetivo principal es diferenciar los movimientos propios de la economía personal de aquellos vinculados con una actividad comercial o económica habitual.
De esta manera, recibir una transferencia o un pago electrónico dejará de ser, por sí mismo, motivo para aplicar una retención fiscal. Esto contempla situaciones habituales como transferencias entre familiares, reintegros de gastos compartidos o cobros ocasionales.
¿Cómo funcionará la medida?
A partir del 1 de agosto, las personas que reciban transferencias electrónicas dentro de los parámetros establecidos por la nueva normativa no sufrirán retenciones automáticas por el solo hecho de utilizar una billetera virtual o una cuenta bancaria.
El beneficio contempla a quienes reciban transferencias de hasta $2.184.404 mensuales. Además, incluye a monotributistas de hasta categoría D, siempre que sus movimientos respondan a operaciones que no configuren una actividad económica habitual.
Por lo tanto, una transferencia personal no será considerada automáticamente como un ingreso comercial. La normativa busca evitar que movimientos cotidianos, como el envío de dinero entre familiares o el reintegro de un gasto, sean interpretados de manera automática como una operación alcanzada por retenciones.
En ese sentido, la Provincia adoptará los criterios de habitualidad establecidos por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para determinar cuándo existe una actividad económica.
Esto significa que el análisis estará orientado a distinguir entre el uso personal de los medios de pago digitales y aquellas operaciones que, por su frecuencia, características o naturaleza, puedan estar vinculadas con una actividad comercial.
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