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Le concedieron la prisión domiciliaria a Julio De Vido por la causa de la tragedia de Once

12 mayo, 2026
Le concedieron la prisión domiciliaria a Julio De Vido por la causa de la tragedia de Once

La Cámara Federal de Casación Penal revocó el rechazo del Tribunal Oral Federal 4 y consideró que el estado de salud del exministro y las limitaciones del sistema penitenciario justifican el beneficio.

Por mayoría, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal concedió este lunes la prisión domiciliaria al exministro de Planificación Federal, Julio De Vido, al entender que su delicado cuadro de salud y las falencias detectadas en la atención médica penitenciaria tornan incompatible su permanencia en la cárcel de Ezeiza.

La decisión revocó el fallo del Tribunal Oral Federal Nº4, que el pasado 16 de abril había rechazado el pedido formulado por la defensa del exfuncionario, actualmente condenado a cuatro años de prisión por administración fraudulenta contra la administración pública en el segundo juicio por la tragedia ferroviaria de Once.

La defensa de De Vido, encabezada por Maximiliano Rusconi, sostuvo que el exfuncionario de 76 años atraviesa un cuadro médico complejo compuesto por enfermedad cardiovascular arteriosclerótica, diabetes insulinodependiente, hipertensión, fibrilación auricular y antecedentes de accidente cerebrovascular. A eso se sumó un episodio cardíaco sufrido el 1.° de abril pasado, que derivó en una angioplastia y la colocación de un stent luego de ser trasladado de urgencia desde la unidad penitenciaria número 19 en Ezeiza.

Los camaristas Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci consideraron especialmente ese episodio para concluir que el sistema penitenciario no logró demostrar capacidad suficiente para garantizar una respuesta médica inmediata ante eventuales nuevas complicaciones. “Resulta incierto que el servicio de guardia pasiva en horario nocturno y los fines de semana sea el adecuado para cubrir todas las condiciones consignadas por el Cuerpo Médico Forense”, sostuvo Mahiques en su voto que lideró el acuerdo.

El tribunal también puso el foco en informes médicos incorporados al expediente que describieron a De Vido como un paciente de “alto riesgo cardiovascular”, con posibilidades concretas de sufrir nuevas descompensaciones graves. Los jueces remarcaron que la propia Unidad 19 del Servicio Penitenciario Federal informó que no cuenta con guardia médica activa las 24 horas y que durante gran parte del día solo dispone de personal de enfermería.

En otro tramo del fallo, Casación advirtió sobre las dificultades para garantizar tratamientos complejos intramuros, especialmente luego de la intervención coronaria reciente. “La permanencia del interno en el Servicio Penitenciario presenta un escenario de riesgo ya verificado y lo expone a la producción de un daño grave o irreversible”, indicaron los médicos citados en la resolución.

Rusconi también cuestionó las demoras en turnos cardiológicos y estudios posteriores al infarto, además de la falta de determinados medicamentos específicos para tratar emergencias hemorrágicas derivadas de la anticoagulación que recibe el exministro.

El fiscal Nicolás Czizik había pedido rechazar el beneficio al considerar que De Vido se encontraba clínicamente “compensado” y que el Servicio Penitenciario estaba en condiciones de cumplir con las recomendaciones médicas. En la misma línea se había pronunciado la querella representada por Leonardo Adrián Menghini.

Sin embargo, Casación entendió que el análisis debía contemplar no solo la estabilidad clínica momentánea del detenido, sino también el riesgo real derivado de su edad y de la complejidad de sus patologías. “No resulta admisible desestimar su procedencia prescindiendo de un examen razonado de los riesgos concretos que el encierro carcelario comporta”, afirmó Borinsky.

El magistrado Ricardo Basílico, a cargo de la ejecución de la condena, ordenó que en las próximas horas De Vido sea trasladado desde el penal de Ezeiza hacia su domicilio en la localidad bonaerense de Zárate y la colocación de una tobillera electrónica para monitoreo permanente, además de mantener vigente la prohibición de salir del país.

El exministro de Planificación Federal cumple una condena de cuatro años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en el marco del segundo tramo del expediente por la tragedia ferroviaria de Once. En esa sentencia, el TOF 4 concluyó que De Vido incumplió su obligación de controlar el destino de los fondos estatales asignados a la empresa Trenes de Buenos Aires (TBA).

Sin embargo, el tribunal lo absolvió por el delito de estrago culposo vinculado al choque ferroviario ocurrido en febrero de 2012 en la estación Once, tragedia que dejó un saldo de 52 muertos y cientos de heridos.

La situación judicial de Julio De Vido quedó definitivamente sellada en noviembre pasado, cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó los recursos presentados por las partes y dejó firme la condena dictada por el TOF 4. A partir de esa resolución, la pena quedó en condiciones de ejecutarse y De Vido fue detenido en el marco de este expediente, ya que hasta entonces no se encontraba preso por esta causa.

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